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2018-03-21 :
La Dirección de Deportes se prepara para una nueva edición de los premios “Pay Ubre”
Como cada año, el Gobierno Municipal de Mercedes premia a los deportistas destacados de la ciudad. La gala del deporte se llevará a cabo en el Centro Cultural “La Estación” el viernes 23 a las 20:00 hs.
Estos son los galardonados:
RUGBY JUVENIL:
Álvarez, Santiago.
Lossada, Joaquín.
Salas, Juan.
BASQUET MENORES U13
Conde, Tobías. (C. Atlético)
Gigena, Valentín. (C. Atlético)
Greig, Teo. (C. Comunicaciones)
Núñez, Luciano (C. Comunicaciones)
BASQUET MENORES U15
Gómez, Agustín. (C. Comunicaciones)
Mantulak, Agustín. (C. Atlético)
Tomas, Agustín. (C. Comunicaciones)
Santamaría, Eduardo. (C. Atlético)
BASQUET MENORES U17 y U19
Morel, Mauricio. (C. Comunicaciones)
Ramos, Federico. (C. Atlético)
Sequeira, Francisco (C. Atlético)
DESTACADOS ESCOLARES
Gómez, Guadalupe Salto en alto y largo Campeona Provincial. (Esc. Normal)
Pintos, Agustina. 800Mts. Campeona Provincial. (Esc. Normal)
Básquet Juvenil Masculino Escuela UPM Campeones Provinciales.
ATLETISMO ADAPTADO
Altamirano, Pedro: Medalla dorada en posta, participo en carrera 100Mtrs llanos y lanzamiento. Juegos Nacionales Evita. Resistencia Chaco.
Escobar, Santiago Ramón: Medalla dorada 100Mtrs llano, Medalla dorada en salto en largo. Categoría Menores motores Juegos Nacionales Evita. Resistencia Chaco.
Ferreyra, Fernanda Jacqueline: Medalla Dorada lanzamiento de bala, medalla de plata en carrera 100Mtrs llanos, Categoría Motores. Juegos Nacionales Evita. Resistencia Chaco. Pre Selección Argentina Juvenil, Atletismo Adaptado.
Miño, Elina: Medalla dorada en lanzamiento de bala, medalla de plata en carrera 100Mtrs llanos. Categoría Juvenil en PC. Juegos Nacionales Evita. Resistencia Chaco.
Miño, Priscila Nahiara: Medalla Dorada 100Mtrs. Llanos, medalla dorada en salto en largo. Categoría menores motores. Juegos Nacionales Evita. Resistencia Chaco.
Sosa, Brain Gerardo: Medalla Dorada 100Mtrs. Silla, Medalla de plata en lanzamiento de bala, Categoría Motores Juvenil. Juegos Nacionales Evita. Resistencia Chaco. Pre selección Argentina Juvenil, Atletismo Adaptado.
FUTBOL INFANTIL.
Cat. 2006 - Vidal, Agustín. (Apinta)
Cat. 2007 - Martínez, Dante (C. Taragui)
Cat. 2008 - Gómez, Bruno (C. Paso de los Andes)
Cat. 2009 - Cocco, Santiago (C. Comunicaciones.
FUTBOL JUVENIL.
Cat. 2001 - Verón, Luciano. (C. Apinta)
Cat. 2002 - Azcona, Roberto Rodrigo. (C. Villa Rivadavia)
Cat. 2003 - Gonzalo, Núñez (C. Castello)
Cat. 2004 - Amarilla, Mauro (C. Atlético)
Cat. 2005 - Fonteina, Benjamín. (C. Atlético
EQUIPOS CAMPEONES PROVINCIALES.-
VILLA RIVADAVIA CATEGORIA 2004 - CAMPEON PROVINCIAL.
INSTRUCTORES DE ZUMBA:
Alegre, Jimena.
Belsun, Néstor.
Castro, Darío.
Casco, Florencia..
Ibarrola, Carolina.
Ivachich, Valeria.
Monzón, Milagros.
Romero, Ana
Parretti, Cecilia.
Sánchez, Horacio.
Sandoval, Matute.
Enrique, Ángeles.
TENIS DE MESA:
Almirón, Pablo.
Moreyra, Alan.
Veler, Donatto.
BADMINTON.
Díaz, Máximo.
Mac Lean, Héctor.
Persincula Cemborain, Luisina.
TENIS.
Avalos, Nahuel.
González, Enzo
Otazo Acevedo, Juan.
Vergara, Gonzalo.
AJEDREZ.
Aredes Pintos, Lucas.
Martínez, Matías.
Zaracho, Joaquín.
PESCA DEPORTIVA.
Barra Pesquera “PIRA YAPU”:
Eneldo Uliana e Hipólito Regidor.
Barra Pesquera “DON MILANGO”:
Graciela Miralles y Sebastián, Miralles.
GOLF.
Cruz Matho, Ricardo.
Herrero, Rafael.
Leiva, José Carlos.
PATO.
Bonazzola, Martin.
Morando, Facundo.
Moulin, Francisco.
POLO.
Tomas, Piñero Cantaluppi.
Diego, Perea Muñoz.
Facundo, Morando.
DOMA.
Barbona, Miguel.
Castillo, Antonio.
Gallardo, Juan.
TURF.
Alegre, Cesar.
González, Pedro.
Vallejo, Jonatan.
Zarate, Ramón.
ATLETISMO MUJERES.
Pintos, Agustina.
Rivero, Norma.
Rodríguez, Mercedes.
ATLETISMO VARONES.
Acevedo, Ramón.
Díaz, Jorge.
Verón, Felipe.
CICLISMO.
Díaz, Brandon.
Soto, Jimena Abigail.
Verón, José Daniel.
MOUNTAIN BIKE FEMENINO.
Acevedo, Mónica.
Rodríguez, Mercedes.
MOUTAIN BIKE MASCULINO.
Aguirre, Sebastián.
Maidana, Carlos.
Otaño, Juan José.
HOCKEY.
Maidana, Carla.
Núñez, Sofía.
RUGBY
Anchorena, Tomas Nazario.
Leiva, Agustín.
Martínez Cortez, Hugo.
BEACHS VOLEY.
RECONOCIMIENTO:
Gómez, Uriel- Ramírez, Augusto. Tercer Puesto y Revelación por ser dupla sub-16 (menores).
Niz, Maximiliano - Panozzo Juan José. Campeón Torneo de Beach Voley 2017
Verón, Hugo- Verón, Claudio. Sub Campeón Torneo Interprovincial.
Salinas carolina, Tamborelli Erika
Delgadillo Tamara, Benítez Flavia.
VOLEY FEMENINO.
Blanco, Yanina.
Noguera, Ofelia,
Salinas, Carolina.
VOLEY MASCULINO
Cerri, Juan Manuel.
Gómez, Brian.
Verón, Hugo.
BASQUET.
Ferreyra, Manuel.
Medina, Lucas.
Sánchez, Lucio.
TAEKWON-DO.
Benítez, Antonio.
Gómez, Marco.
Ricotti, Rosario.
KICK BOXING.
Cañete, Sharon.
Gonzalez, Roque.
Silvero, Samuel.
TAEKWON-DO MUNICIPAL.
Colinas. Carlos Ernesto. Medalla de plata categoría blanco 78Kg.
Galeano, Sebastian. Medalla de plata categoría 69Kg.
Pelozo, Jorge Alberto. Medalla de bronce en forma y lucha categoría 82Kg.
Rojo, Juan Marcos. Medalla de plata categoría blanco juvenil.
BOXEO
Cañete, Nicolás.
Sosa, Wally
Vallejos, Ulises.
VELOTERRA 200 PRINCIPIANTES Y 250 INICIAL.
Poizón, Santiago.
VELOTERRA 200 PRO Y 200 MX.
MENSION ESPECIAL: Pintos, Sebastián.
VELOTERRA MX E MX INTERNACIONAL.
MENSION ESPECIAL: Pannunzio, Pedro.
PICADAS DE MOTO.
Arrieta, Roció.
Díaz Galeano, Pablo.
KARTING CATEGORIA NOVATO.
Branca, Florencia.
Cáceres, Gabriela.
Ricotti, Bárbara.
KARTING CATEGORIA 150 CC. 170Kg.
Aguerre, Julián.
Álvarez, Gonzalo.
Benítez, Horacio.
KARTING CATEGORIA 150 CC. 190Kg.
Aguerre, Nicolás.
Díaz Colodrero, Luciano.
Gómez, Felipe Tabaré.
PICADAS AUTOMOVILISMO ZONAL
16 " Iván Acuña
15 " Villalba Diego
14 " Quiroz Juan José
13" Sisi Iván
12" Beterette Martín.
Libre: Gabriel Insaurralde
Acuña, Iván.
Antúnez, Adrián.
Noniro, Eduardo.
Ojeda, Rito.
Singler, Juan.
FUERZA LIBRE INTERNACIONAL.
TERNADOS:
Alarcón, Roberto.
Quiroz, Cesar.
Toledo, Javier.
FUTBOL DE VETERANOS.
González, Panchito (Junior)
Cardozo, Pedro (Senior)
Stivanello, Elvio (Súper Senior)
Maidana, Eduardo (Súper Vete)
ARBITROS DE VETERANOS.
Minuet, Mario.
Mónaco, Omar.
Ojeda, Cesar.
FUTSAL.
Franzoy, Emanuel. (Ayala Automotores)
González, Kiko. (La Sin Rival)
Sánchez, Juan. (Ayala Automotores)
FUTBOL FEMENINO.
Beban, Mary. (Ferro)
Castro, Mariana. (Ferro)
Díaz, María Del Carmen. (Ferro)
FUTBOL DE PRIMERA DIVISION.
Gauto, Sergio. (C. Paso de los Andes)
Gómez, Ramón (C. Comunicaciones)
Meza, Matías (C. Apinta)
Ramirez, Ángel Ramón. (C. Taragui)
PREPARADORES FISICOS PRIMERA DIVISION
MENSION ESPECIAL:
Alvez, Euclides. (Taragui)
Cabrera, Arturo. (Comunicaciones)
Gómez, Jorge. (Paso de los Andes)
Villalba, Darío. (Apinta)
TECNICO PRIMERA DIVISION
Alvez, Euclides (Taragui)
Aguilar, “Yiyo” Ramón. (Comunicaciones)
Britez, Luis. (Paso de los Andes)
Romero, José. (Apinta)
ÁRBITROS DE PRIMERA DIVISION.
Canteros, Sofía.
Martínez, Cesar.
Rolón, Martín Quiroz
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2018-03-20 :
El Gobierno Provincial hizo anuncios salariales para el año en curso
En conferencia de prensa desarrollada por el equipo económico en el Ministerio de Hacienda y Finanzas, se dieron detalles de las medidas salariales adopatadas por el Ejecutivo Provincial.
La política salarial incluye un incremento del plus remunerativo del orden del 23%, una suba de la ayuda escolar del 22%, aumentos a la asignación de clase de la Administración Central del orden del 20%, incrementos al Valor Punto de las fuerzas de Seguridad de un 20%, y subas a médicos Residentes en igual porcentaje; así como también la mejora de distintos conceptos particulares de los distintos sectores.
Lorena Lazaroff remarcó que los jubilados y pensionados percibirán los incrementos ya con los haberes del mes de Marzo, en simultáneo con los activos, dependiendo de las medidas que se hayan adoptado para cada sector.
Los Decretos correspondientes fueron ya suscriptos por el Gobernador y refrendados en todos los casos por el Ministro de Hacienda y, según el área, por sus pares de Educación, Susana Benítez; Salud Pública, Ricardo Cardozo; Seguridad, Juan José López Desimoni; y Obras Públicas, Bernardo Rodríguez.
ADICIONALES Y AYUDA ESCOLAR
Según informó Rivas, por un lado, la continuidad del plus mensual extraordinario de 500 pesos se plasmó en el Decreto Nº 451, desde marzo hasta Diciembre de este año.
Por otra parte, a través del Decreto Nº 450 se estableció el aumento del adicional mensual remunerativo que ya desde marzo se elevó de 3.300 a 3.550 pesos. Este plus tendrá nuevos incrementos en los meses de julio y octubre, cuando se elevará a 3.800 y 4.050 pesos respectivamente.
En esta línea, este adicional registrará en el año un aumento del 23% y alcanzará a alrededor de 75 mil estatales activos y jubilados cada mes.
De igual modo, el Subsecretario ratificó lo anticipado ayer por el mismo Gobernador, con relación a la Ayuda escolar Anual; concepto que, según se plasmó en el Decreto Nº 575, se aumentó de 900 a 1.100 pesos. Esta medida implica un incremento del 22% en el concepto que alcanza a 27 mil correntinos.
DOCENTES
Rivas confirmó además el acuerdo salarial convenido con el sector docente y ratificado por el Decreto Nº 449; según el cual desde marzo se incorporan 350 pesos al salario básico, provenientes del Adicional Remunerativo Docente y el Adicional Docente Provincial, estableciéndose el Básico en 6.107 pesos. Este mes, también se liquida un aumento de 300 pesos al Fondo Compensador Docente (FCD), quedando fijado el beneficio en 1.100 pesos. Sobre este último concepto, Rivas Piasentini explicó que se aplica el criterio FONID, con lo cual cubre hasta dos cargos y un docente podría percibir 600 pesos más sólo por este concepto ya desde Marzo.
Desde el mes de Julio, se incorporarán otros 300 pesos al Básico, provenientes de los mismos adicionales, concepto que se elevará a 6.407 pesos; y se incrementará otros 350 pesos al FCD, que aumentará a 1.450 pesos.
Finalmente, desde el mes de Octubre, se incorporarán otros 300 pesos al Básico, con el mismo mecanismo, llevando este concepto a 6.706 pesos. En tanto que el Fondo Compensador registrará un nuevo aumento de 350 pesos y se incrementará a 1.800 pesos.
Cabe recordar que los docentes perciben también los aumentos en la Ayuda Escolar Anual y en el Adicional Remunerativo. Las medidas del Sector impactan en 49.100 puestos laborales.
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Con relación a la Administración Central, incluyendo Salud Pública, las medidas resueltas por el Gobernador se establecieron en el Decreto Nº 576 e implican, desde Marzo, un aumento del 10% en la asignación de clase de todas las categorías y un incremento de $500 en el concepto 134 de la Escala Única de Remuneraciones (categorías 020, 110, 100, 080 y 090).
Desde Julio, prevé un nuevo incremento del 5% en la asignación de clase de todas las categorías y, desde Octubre, un aumento del 5% en el mismo concepto.
Los estatales perciben también los aumentos en la Ayuda Escolar Anual y el Plus Remunerativo; en tanto que estas medidas alcanzan a 17,5 mil puestos laborales.
SALUD PÚBLICA
El Subsecretario de Hacienda confirmó además medidas adicionales para el sector de la Salud Pública: incremento del 15% en las Becas del Programa de Fortalecimiento Asistencial de los Servicios de Salud Pública, que llevaría una beca de Licenciado en Enfermería a 9.775 pesos, de Enfermero Profesional a 8.625 pesos y de Auxiliar de Enfermería a 7.475 pesos. La beca a Profesionales Especialistas aumentará 3.000 pesos, pasando de 12.000 a 15.000 también desde el mes de Marzo.
El Gobernador resolvió además un incremento de 2.000 pesos en dos tramos para los beneficiarios del Programa Más y Mejor Trabajo (ex Formarse y Crecer): el primero de ellos este mes, de 1000 pesos, y el segundo en el mes de Octubre, también de 1.000 pesos. Se liquidará además un aumento del 20% a las becas de los residentes de Salud Pública.
SEGURIDAD
Según informó Rivas Piasentini, a través del Decreto Nº 577 se establecieron los incrementos para Policías y Penitenciarios del sector Seguridad.
Desde Marzo, se determinó un aumento del 10% en el Valor Punto para Policías y Penitenciarios; así como también la incorporación de 18,24 puntos al Presentismo, provenientes del Adicional Remunerativo 601 y de 18,24 puntos al concepto de Responsabilidad Funcional, provenientes del Adicional remunerativo 601. Se resolvió también, desde este mes, un aumento de 585 pesos al Salario Mínimo Garantizado de Bolsillo de Policías y Penitenciarios, tomando como base el cargo de Cabo.
Desde Julio, se liquidará un incremento del 5% en el Valor Punto, se incorporarán 9,12 puntos al Presentismo, y 9,12 puntos a Responsabilidad Funcional, con igual criterio que en Marzo. Del mismo modo, se abonará un aumento de 292,50 pesos al Salario Mínimo Garantizado de Bolsillo.
Finalmente, desde Octubre, se estableció una nueva suba del 5% en el Valor Punto, se incorporarán otros 9,12 puntos al Presentismo, y 9,12 puntos a Responsabilidad Funcional, de la misma manera que en los meses anteriores. También se liquidará un aumento de
292,50 pesos al Salario Mínimo Garantizado de Bolsillo.
Los agentes de seguridad perciben también los aumentos en la Ayuda Escolar y el Plus Remunerativo y las medidas alcanzan a 9.280 mil puestos laborales.
VIALIDAD
A través del Decreto Nº 578, se establecieron las medidas salariales para los agentes de Vialidad Provincial.
Desde Marzo, se incorporarán 295 pesos al Salario Básico, provenientes del Adicional Remunerativo 134. En Julio se sumarán otros 100 pesos con igual criterio y en Octubre, se incorporarán otros 100 pesos provenientes del mismo Adicional.
Los agentes de Vialidad perciben también los aumentos en la Ayuda Escolar y el Plus Remunerativo. Las medidas alcanzan a 400 puestos laborales.
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2018-03-20 :
Ordenan a la esposa pagar alimentos a cónyuge con enfermedad incapacitante
La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ordenó a una mujer a pagar alimentos a su esposo, de quien está separada de hecho, por padecer éste una enfermedad neurológica incapacitante.
En la causa: “E. R. P. C/G. M. R. S/ALIMENTOS”, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el recurso de apelación interpuesto por la esposa y confirmó la Resolución N° 7871 por la que -en atención a la especiales circunstancias respecto del estado de salud del esposo- se fijó en carácter de alimentos provisorios el equivalente a un salario mínimo, vital y móvil.
El hombre, quien padece una enfermedad que lo limita para trabajar desde antes de junio de 2016, posee certificado de discapacidad otorgado por el Gobierno de Corrientes. Recibe un sueldo como empleado de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes y tiene dos hijas menores con la mujer, e inició una demanda por alimentos, a la que ella se negó.
La esposa alegó que las niñas estaban a su cargo y que el padre no se había ocupado de ellas. También sostuvo que se fijaron alimentos provisorios cuando ya se había ordenado remitir el expediente a mediación, es decir, cuando ya se había desprendido de la jurisdicción.
El Código Civil y Comercial de la Nación (C.C.C.N.) introdujo profundos cambios en los derechos y deberes matrimoniales, pero mantuvo inalterado el deber de asistencia mutua de los cónyuges, durante la convivencia matrimonial (art. 431). Asimismo, el art. 432 establece en forma expresa que perdura el derecho alimentario mutuo aún durante la separación de hecho, de modo que se resuelve un largo debate motivado por alguna jurisprudencia que veía debilitada o suprimida esa obligación de asistencia cuando terminaba la convivencia.
El art. 433 del C.C.C.N. enumera las circunstancias a tener en cuenta para el otorgamiento de la prestación alimentaria, pues la asignación del monto tiende a que el cónyuge conserve, razonablemente, el status económico propio del matrimonio, aunque habrán de ponderarse sus propios recursos, su patrimonio y las necesidades de ambos cónyuges. Esto implica que la cuota tiene que cubrir lo necesario para la subsistencia del alimentado, como asimismo todo aquello que pueda resultar como necesario al evaluar los diferentes aspectos que hacen a la persona.
La finalidad de los alimentos provisorios (art. 544 C.C.C.N.) es la de proveer los alimentos que hacen a las necesidades de mayor urgencia durante la tramitación del juicio. Es una medida provisoria y supone una evaluación prima facie del derecho del presentante, sus necesidades y posibilidades, destinada a afrontar gastos imprescindibles, hasta tanto se cuenten con otros elementos que permitan determinar la pensión definitiva.
En este caso el hombre posee una enfermedad neurológica severa y discapacitante denominada polineuroradiculopatia desmielinizante inflamatoria crónica, conocida como síndrome de Guillain-Barre. La patología lo incapacita para realizar tareas profesionales, tiene dependencia de silla de ruedas y asistencia respiratoria mecánica discontinua.
Los doctores Miguel Angel Paccella y Maria Eugenia Sierra entendieron que el carácter de la dolencia hace presumir que el hombre necesita atención médica y medicamentos que generan un gasto considerable de dinero. Y que, aunque la circunstancia de que percibe un sueldo en la Municipalidad no fue revelada con claridad por parte del enfermo, fue explicada en la contestación a los cuestionamientos de la esposa.
Los magistrados consideraron que estarían por cumplirse dos años desde que el esposo se encuentra en uso de licencia por enfermedad, por lo que existirían razones para considerar que esa situación va a variar en un futuro cercano, esto es, que deje de percibirlo o le sea reducido.
La petición alimentaria se desestima –sostuvieron los jueces- si el reclamante, a pesar de padecer una enfermedad grave, cuenta con recursos suficientes o tiene posibilidad de procurárselos por el tipo de actividad que estaría en condiciones de desempeñar. Pero además, estando en trámite el divorcio cabe tener presente que el art. 434 inc. a) C.C.C.N. regula los alimentos del cónyuge enfermo que le corresponden a quien padece una enfermedad grave prexistente al divorcio que le impide autosustentarse.
El régimen de alimentos se basa en el deber de solidaridad que nace del vínculo existente entre los cónyuges. “Si bien el divorcio rompe el vínculo, no por esa circunstancia aniquila su existencia anterior. Es que al divorciado obligado a pagar alimentos no se le impondrán esos compromisos como autor de un hecho ilícito o por su condición de “culpable” —inexistentes en el caso— sino como un sujeto realizador de actos; vale decir, el matrimonio que oportunamente contrajo. De aquí emerge un inocultable deber de solidaridad; deber que desde luego persiste entre los que fueron cónyuges. No debe olvidarse que ambos tuvieron un proyecto de vida en común; y es verdad que hay un piso mínimo de deberes que subsiste” citaron como jurisprudencia.
Finalmente, señalaron que mientras el hombre reciba haberes en forma regular por parte del Municipio, correspondería reducir el monto fijado para los provisorios.
En disidencia votó la doctora Claudia Kirchoff, quien se había mostrado a favor de revocar la sentencia porque consideró que en la instancia anterior no se contaba con la información de que el hombre recibía un salario. „(…) y aún cuando alegue la imposibilidad de procurarse su ingresos económicos; lo cierto es que deliberadamente omitió información para fundar precisamente esa carencia de recursos propios”.
“En este sentido y sin perjuicio de la solidaridad familiar que debe existir, la obligación entre cónyuges, no es la misma que la derivada de la responsabilidad parental. No hay que perder de vista ese norte, aún cuando aquí se discuta una cuota provisoria que por su esencia es mutable y modificable. Ello así entonces, debió señalar y acreditar mínimamente cuales son esas necesidades urgentes y esenciales que con su sueldo no puede cubrir durante el curso del proceso. Éstas, en principio no fueron explicitadas ni desarrolladas al peticionar la cuota provisoria, siendo mencionadas en forma genérica para fundar el pedido de alimentos definitivos“.
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